El Comité de Riesgos es un órgano colegiado, el cual tiene como finalidad evaluar las políticas, mecanismos y procedimientos de riesgos implementados por la sociedad, así como recomendar las medidas o ajustes a que haya lugar.
El Comité de Riesgos está integrado por cinco (5) miembros designados por la Junta Directiva, de los cuales por lo menos dos (2) deben ser miembros de la Junta Directiva de la sociedad, que tengan el carácter de independientes. Actualizada a la fecha, las funciones del Comité de Riesgos son:
Miembros que no tienen
calidad de independientes
Deposito Centralizado de Valores de Colombia DECEVAL S.A
Jorge Hernán Jaramillo
Representante legal del Banco Comercial AV Villas S.A
Carlos Alberto Vélez
Bolsas y mercados Españoles, Sociedad Holding de mercados y sistemas financieros S.A
José Ignacio Solloa Mendoza
Miembros que tienen
calidad de independientes
Ernesto Alfonso Aguirre - Independiente
Juan Camilo Gutierrez - Independiente
Hernán Alónzo Alzate - Independiente
Carlos Mario Tamayo Ortíz - Independiente
- Elaborar y someter a consideración de la Junta Directiva las políticas de administración de riesgos de la Cámara.
- Definir y adoptar el modelo y los mecanismos y procedimientos para la gestión del riesgo a que se exponen las operaciones que acepte la Cámara de Riesgo Central de Contraparte y las operaciones que se compensen y liquiden a través de la misma, así como el sistema de garantías, incluidos los recursos financieros, los fondos y en general las salvaguardas financieras necesarias para el control y protección de los riesgos.
- Establecer mecanismos de monitoreo, medición y control de riesgos de las operaciones que acepte la Cámara de Riesgo Central de Contraparte y las operaciones que se compensen y liquiden a través de la misma. El control de riesgos se efectuará frente a las posiciones de las contrapartes, así como frente a la sociedad.
- Establecer los mecanismos que le permitan a la sociedad prever y mitigar adecuadamente los riesgos de cumplimiento de las operaciones.
- Designar al Presidente del Comité de Riesgos de su propio seno.
- Designar al Secretario del Comité de Riesgos;
- Establecer políticas de administración de riesgo y mecanismos claros y transparentes para los casos en que una o más de las contrapartes incumpla sus obligaciones o se presente un procedimiento concursal, de intervención, de toma de posesión, disolución o liquidación de una contraparte.
- Determinar la forma y metodología para conformar los distintos fondos del sistema de garantías, estableciendo el tipo y porcentaje de los recursos que los integren, así como los criterios de administración de dichos recursos.
- Presentar periódicamente informes sobre la gestión de riesgos a la Junta Directiva que le permitan a ésta hacer un adecuado control a la gestión de riesgos y monitorear la exposición de la sociedad. Como mínimo presentar un informe anual.En todo caso, la Junta Directiva podrá solicitar al Comité, en cualquier momento, informes extraordinarios sobre la gestión de riesgos y, en especial, sobre cualquier situación particular que se produzca en el mercado.
- Darse su propio reglamento.
- Ejercer las demás funciones que le señalen las leyes, los estatutos y los reglamentos.
- Proponer a la Junta Directiva modificaciones a los reglamentos de la Cámara.
El Comité de Auditoría es un órgano colegiado, el cual tiene como finalidad verificar que el sistema de control interno de la sociedad funcione de manera eficaz, así como el cumplimiento de las funciones de auditoria, sin perjuicio de las funciones atribuidas al revisor fiscal.
El Comité de Auditoría está integrado por tres (3) miembros de la Junta Directiva designados por la misma, de los cuales dos (2) miembros tienen el carácter de independientes. El Comité de Auditoría lo conforman los siguientes miembros, actualizada a la fecha:
- Contribuir en la definición de los lineamientos generales y la estructura del sistema de control interno, así como efectuar el seguimiento y evaluar la efectividad del mismo;
- Contribuir en la definición de los lineamientos generales y la estructura del sistema de control interno, así como efectuar el seguimiento y evaluar la efectividad del mismo;
- Evaluar los informes de auditoría que sean presentados por los auditores internos de la sociedad, y verificar que se hayan atendido sus sugerencias y recomendaciones o, de no ser ello así, verificar las razones por las cuales las mismas no se atendieron.
- Revisar y aprobar, cuando sea del caso, los documentos y planes relacionados con la prevención y control de lavado de activos, de conformidad con lo previsto en la normatividad vigente.
- Evaluar los planes de trabajo, los informes y dar seguimiento a las recomendaciones que presente el revisor fiscal, el auditor externo, si lo hubiere, y el auditor interno;
- Evaluar el plan de continuidad del negocio de la sociedad;
- Establecer procedimientos para contratar, remunerar y remover al auditor externo, si lo hubiere;
- Examinar los estados financieros de prueba y los estados financieros de fin de ejercicio de la sociedad;
- Presentar a la Junta Directiva los informes especiales, propuestas o recomendaciones que estime pertinentes en relación con los temas de competencia del Comité, y;
- Las demás que le delegue la Junta Directiva.
OSCAR ANDRÉS EDUARDO
Independiente
DANIEL HERNÁNDEZ GALINDO
Independiente
JUAN PABLO CÓRDOBA
El Comité Administrativo y Financiero es un órgano colegiado, el cual tiene como finalidad apoyar a la Junta Directiva en sus funciones administrativas y financieras. El Comité de Administrativo y Financiero está integrado por cinco (5) miembros de la Junta Directiva.
El Comité Administrativo y Financiero lo conforman los siguientes miembros, actualizada a la fecha.
- Estudiar nuevas oportunidades de negocios e inversiones para la sociedad, presentadas por parte de la Gerencia y someter a consideración de la Junta Directiva las propuestas que surjan a partir de esos estudios;
- Evaluar las inversiones de la sociedad y el desarrollo y evolución de las mismas;
- Estudiar el proyecto de presupuesto de la sociedad y someterlo a consideración de la Junta Directiva. Así como evaluar la planeación financiera, la ejecución presupuestal y los indicadores de gestión de la sociedad;
- Definir políticas, parámetros, contrapartes, inversiones admisibles y límites de inversión por emisor, por contraparte y por activo financiero para el portafolio de la Cámara;
- Analizar y recomendar a la Junta Directiva las tarifas de los distintos servicios y productos de la Cámara, propuestas por parte de la Gerencia.
- Estudiar y hacer recomendaciones a la Junta Directiva sobre el desarrollo tecnológico de la Cámara.
- Autorizar la contratación de pólizas de seguro para la Cámara, cuando la cuantía de cada una de ellas exceda de mil (1000) salarios mínimos legales mensuales vigentes en Colombia;
- Contribuir al mejoramiento del manejo del recurso humano y de las políticas para la selección, vinculación, evaluación y compensación;
- Presentar a la Junta Directiva los informes especiales, propuestas o recomendaciones que estime pertinentes en relación con los temas de competencia del Comité, y;
- Las demás que le delegue la Junta Directiva.
JUAN SEBASTIÁN PARDO
MARCO ANTONIO FRANCO
ÁNGELA VALDERRAMA GUZMÁN
LUIS MIGUEL GONZÁLEZ ESPINOSA
CARLOS ALBERTO VÉLEZ
Representante legal del Banco Comercial AV Villas S.A