Modelo operativo

Presentación general

El Modelo Operativo de la Cámara de Riesgo va desde el registro de los Miembros y de sus cuentas, hasta el cumplimiento de la liquidación de las operaciones realizadas durante el día por dichos Miembros.

La operación de la Cámara de Riesgo comienza simultáneamente con la apertura de los sistemas de negociación y de los sistemas de registro.

En el momento en que los operadores del mercado calzan o registran sus operaciones, éstas son transmitidas electrónicamente al sistema de la Cámara de Riesgo para su interposición, permitiendo así que las obligaciones de las contrapartes se establezcan contra la Cámara de Riesgo.

Una vez las operaciones son aceptadas en el sistema, se asignan automáticamente a la cuenta de posición propia, o a la cuenta del tercero titular beneficiario de la operación, caso en el cual son asignadas directamente a la cuenta indicada. La Cámara de Riesgo se encarga de hacer las validaciones necesarias para aceptar las operaciones, al igual que las gestiones de riesgo y garantías requeridas para asegurar el cumplimiento de dicha obligación.

Para llevar a cabo el proceso de compensación y liquidación la Cámara de Riesgo se interconecta con los depósitos de valores y con el Sistema CUD – Cuentas de Depósito, que es el sistema de pagos de alto valor del país, administrado y operado por el Banco de la República, que provee a las entidades participantes autorizadas el servicio de transferencias y registro de operaciones de fondos entre Cuentas de Depósito a nombre propio o a nombre de sus clientes, con el fin de liquidar obligaciones derivadas de transacciones tales como la compra venta de títulos valores y de divisas, los préstamos interbancarios, el traslado de impuestos y compensación de cheques, entre otros.

Para el caso de divisas la Cámara se interconecta con Swift (Society for Worldwide Interbank Financial ) y sus Bancos Comerciales del exterior con el fin de validar las transferencias producto de la Liquidación al vencimiento.

La Cámara de Riesgo adoptó el Modelo de Riesgo MEFFCOM2 desarrollado por MEFF España, el cual sigue el método de cálculo de los modelos SPAN (Standard Portfolio Analysis) en cuanto a la forma de determinar las Garantías asociadas a las Operaciones Aceptadas. Adicionalmente, el esquema de cálculo de Garantías se complementa con la administración de los Límites de Operación lo que recoge las recomendaciones internacionales enunciadas por IOSCO en la administración de riesgos de una Entidad de Contrapartida.

La Cámara de Riesgo establece las obligaciones producto del proceso de compensación a nivel de cuenta, sin embargo el cumplimiento de dichas obligaciones cuando requiere la transferencia de fondos, la ejecuta la Cámara de Riesgo en neto con el respectivo miembro liquidador al cual está relacionada dicha cuenta.

Al cierre del horario de las sesiones de la Cámara de Riesgo, se determinan las posiciones

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abiertas registradas en cada cuenta e inicia los procesos de liquidación diaria.

El reporte de las obligaciones siempre está a disposición de los Miembros al cierre del día a través de las aplicaciones de la Cámara de Riesgo, y se establece por el saldo neto de obligaciones resultantes de todos los titulares de cuenta que compensa y liquida el Miembro Liquidador.

Para efecto de los servicios, funciones y actividades que desarrolla la Cámara y de las metodologías de cálculo de las Garantías exigibles, la Cámara establece Segmentos y agrupa los Activos y las Operaciones Susceptibles de ser Aceptadas.

En el Segmento de Derivados Financieros C2 se agrupan Operaciones de Instrumentos Financieros Derivados Estandarizados y No Estandarizados y en el segmento de Renta Fija C7 se agrupan Operaciones Simultáneas sobre Títulos de Deuda Pública TES, en el segmento de Divisas se agrupan operaciones de Compra y Venta de dólares.  De acuerdo al Segmento se exigirá a los Miembros Liquidadores una Garantía Individual por estrés del Fondo de Garantía Colectiva así:

– A aquellos Miembros Liquidadores, a quienes una vez calculado su riesgo en situación de estrés en la Sesión de Cierre de la Cámara, dicho riesgo sea superior a la suma de las aportaciones de los demás Miembros Liquidadores al Fondo de Garantía Colectiva vigente, se les exigirá una Garantía Individual correspondiente al monto que excediera dicha suma.

– A los dos (2) Miembros Liquidadores con mayor exposición en caso que el cálculo de su riesgo en situación de estrés realizado diariamente arroje un riesgo superior al tamaño del Fondo de Garantía Colectiva calculado para el Segmento, se les exigirá una Garantía Individual correspondiente a la diferencia resultante, la cual se distribuirá proporcionalmente entre los dos Miembros en función a su riesgo.

Estructura participantes

El objeto social principal de la Cámara de Riesgo es la prestación del servicio de compensación como contraparte central de diferentes tipos de operaciones o productos, con el propósito de reducir o eliminar los riesgos de incumplimiento de las obligaciones derivadas de ellas. La Cámara de Riesgo presta dicho servicio bajo la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia

Al interponerse como contraparte directa y/o administrar la compensación y liquidación de las operaciones, la Cámara de Riesgo se constituye como acreedora y deudora recíproca de los derechos y obligaciones derivados de las operaciones que haya aceptado previamente. Tal condición frente a las partes de la operación es irrevocable, e implica, a su vez, que dichas partes mantendrán el vínculo jurídico con la contraparte central y no entre sí.

Una vez la Cámara de Riesgo se interpone como contraparte central, su principal función es la de mitigar y gestionar el riesgo de contraparte, para lo cual dispone de:

-Un Modelo de Riesgos formulado a partir de las recomendaciones internacionales incorporadas en el documento de recomendaciones de IOSCO (International Organization of Securities Commissions), para entidades de contrapartida central.

La evaluación del riesgo se realiza al nivel de todas las cuentas participantes, bien sean de posición propia o terceros, de tal forma que no se compensan los riesgos asumidos por las cuentas de terceros con las propias de los Miembros de Cámara. De esta forma realizamos una evaluación más precisa del riesgo existente en cada uno de los participantes y para todas las operaciones compensadas y liquidadas en la CÁMARA DE RIESGO DE CONTRAPARTE S.A

– Un Modelo Operativo robusto que le permite realizar en el Segmento de Derivados Financieros C2, las siguientes gestiones:

  • Gestión de cuentas de los Miembros
  • Gestión de operaciones ( Asignación, Traspaso, Give up)
  • Gestión de garantías

Liquidación Diaria

Al finalizar cada sesión de Cámara se lleva a cabo la Liquidación Diaria de los contratos compensados y liquidados durante la sesión, así como de la posición abierta generada por cada uno de los Miembros participantes.

MIEMBRO-EN-RETARDO

Sesión de liquidación de Contado de Divisas

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Adicionalmente el Sistema de la Cámara de Riesgo calculará los ajustes de los montos requeridos en Garantías Diarias por las Posiciones Abiertas de los Contratos, realizando los ajustes pertinentes en efectivo a través de la misma Liquidación Diaria, en la forma en que se establece en el Reglamento y en la Circular Única.

El cumplimiento de dicha Liquidación se hace efectivo en la siguiente sesión de la Cámara de Riesgo a primera hora según los horarios establecidos en la Circular Única y en concordancia con los horarios establecidos por el Banco de la República.

Para el segmento de Divisas Los miembros Liquidadores están obligados a constituir Garantías a la Cámara previo el envío de operaciones susceptibles de ser aceptadas, para el cálculo de la Garantía la Cámara tiene en cuenta la valoración de las Posiciones Abiertas y las compensaciones entre vencimientos del mismo Activo Subyacente que se encuentren dentro de este segmento.

Liquidación al Vencimiento por Entregas

El último día de negociación de cada uno de los contratos compensados y liquidados por la Cámara de Riesgo se llevará a cabo la Liquidación al Vencimiento por entrega. De esta forma, los compradores y vendedores de los contratos de derivados intercambiaran según sea el caso, los títulos y/o el efectivo correspondiente a la posición compradora o vendedora que ha prevalecido hasta el último día de negociación de cada contrato.

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El cumplimiento de las operaciones resultantes de la Liquidación al Vencimiento por entrega se lleva a cabo posteriormente en los depósitos centralizados de valores DECEVAL y DCV cuando se trata de los títulos valores, así como en el sistema de cuentas CUD del Banco de la República cuando se trate de efectivo.

Para el segmento de Divisas la Cámara publicará a los Miembros Liquidadores la información correspondiente al valor neto de las Operaciones en cada Moneda Elegible a través de su Sistema Operativo, especificando el monto total en cada Moneda Elegible que el Miembro deberá pagar a la Cámara y/o el monto total en cada Moneda Elegible que el Miembro deberá recibir de la Cámara.

Se consideran eventos de retardo los siguientes:

El no pago de la liquidación diaria o al Vencimiento y cualquier concepto que ésta incorpore en el horario establecido en la sesión de liquidación Diaria o al Vencimiento, siempre y cuando se verifique el pago antes de la finalización de la sesión.

La no constitución, ajuste, modificación, ampliación o sustitución de las garantías exigidas por la Cámara en el horario, tiempo y forma, establecidos para cada tipo de Garantía, siempre y cuando la constituya antes de que finalice el plazo u Horario establecido en la Circular Única para cada tipo de garantía.

El no pago del efectivo o entrega del Activo en el horario establecido para el proceso de liquidación al vencimiento, siempre y cuando se verifique el pago total de la obligación antes de la finalización de la sesión.

Consecuencias pecuniarias por retardo en cualquiera de los eventos señalados:

 

En caso de retardo el Miembro estará obligado al pago de una consecuencia pecuniaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.8.10. del Reglamento de Funcionamiento de la Cámara y estará sujeto al pago de la tarifa establecida en la Circular Única.

El cumplimiento de las operaciones resultantes de la Liquidación al Vencimiento por entrega se lleva a cabo posteriormente en los depósitos centralizados de valores DECEVAL y DCV cuando se trata de los títulos valores, así como en el sistema de cuentas CUD del Banco de la República cuando se trate de efectivo, y/o en los bancos comerciales del exterior pertenecientes a los Sistemas de Pagos Autorizados por la Cámara.

Gestión de Cuentas

A partir de la admisión de un Miembro en la Cámara de Riesgo, éste se habilita en el Portal Web a través del cual tiene acceso al Sistema de Administración de Suscriptores SAS, a través del cual el administrador del Miembro solicita la creación de cuentas de terceros identificados y la creación de Cuentas de Registro de la Cuenta Propia en cada Segmento (Derivados Financieros C2 y Renta Fija C7).

1. Para la solicitud creación de cuentas en el sistema de la Cámara de Riesgo se deberá seguir el siguiente procedimiento:

a. El Administrador del Miembro deberá ingresar al Portal Web al módulo SAS para diligenciar la información solicitada de identificación del tercero titular de la cuenta según cada Segmento, las características de administración de la cuenta, la información asociada a dicho titular que permita su identificación en la Cámara y la información referente para la liquidación de sus operaciones en los depósitos.

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b. Una vez recibida la solicitud de apertura de cuenta en el SAS, los funcionarios de la Cámara de Riesgo realizan una verificación del estado del documento de identificación del titular y autenticidad del mismo en la central de información de TRANSUNIÓN (antes CIFIN S.A); así mismo, cotejan el titular con listas de referencia restrictivas para control y lavado de activos y financiación del terrorismo. Los resultados de dichas verificaciones pueden ser consultadas por el Miembro a través del SAS.

c. Realizados los procesos de verificación descritos en el numeral anterior y siendo favorable el resultado de los mismos, la solicitud es ingresada a la herramienta de mantenimiento de cuentas, con el fin de actualizar la base de datos del sistema de la Cámara de Riesgo y proceder a la creación de la cuenta respecto de los Segmentos que el Miembro haya indicado que va a participar.

d. Creada la cuenta en la base de datos del sistema, quedará en estado inactivo o de alta no operativa, mientras la Cámara de Riesgo verifica que dispone de la información necesaria para adelantar la compensación y liquidación de operaciones.

e. Finalizada la verificación de la información señalada en el numeral anterior, la cuenta entra en estado activo y se habilita para el registro de operaciones al inicio de sesión del día siguiente.

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2. Para la solicitud y creación de Cuentas de Registro de la Cuenta Propia en el Sistema de la Cámara de Riesgo se deberá seguir el siguiente procedimiento:

a. Los Miembros podrán solicitar la creación Cuentas de Registro de la Cuenta Propia adicionales, según las características de las Operaciones que se agrupen en cada Segmento, a través de solicitud enviada por correo electrónico por el Administrador del Miembro al Administrador del Sistema en Cámara o por el Portal Web.
b. El Miembro no Liquidador podrá solicitar la creación de una o varias Cuentas de Registro de la Cuenta Propia, por cada Miembro Liquidador General con el cual haya celebrado un Convenio.

Para el segmento de contado de divisas los Miembros Liquidadores Compensan y Liquidan operaciones únicamente por cuenta propia, la Cámara llevara el registro en la cuenta propia de cada miembro sobre las operaciones aceptadas

Las operaciones aceptadas en la Cámara de Riesgo en el segmento de Derivados Financieros C2 son susceptibles de gestionarse e identificarse en el sistema de la Cámara de Riesgo desde su origen y de manera completa de acuerdo a su tipo de la siguiente forma:

Las operaciones aceptadas en la Cámara de Riesgo en el segmento de Derivados Financieros C2 son susceptibles de gestionarse e identificarse en el sistema de la Cámara de Riesgo desde su origen y de manera completa de acuerdo a su tipo de la siguiente forma:

Gestión de Operaciones

Las operaciones aceptadas en la Cámara de Riesgo en el segmento de Derivados Financieros C2 son susceptibles de gestionarse e identificarse en el sistema de la Cámara de Riesgo desde su origen y de manera completa de acuerdo a su tipo de la siguiente forma:

Tipo de gestión Identificación
Asignación D
Traspaso de operaciones T
Traspaso de posición Z
Give up G

Para el segmento de Divisas la Cámara evaluará y verificará respecto de cada Operación Susceptible de ser Aceptada, que la misma cumple con los controles de riesgo, las operaciones que hayan cumplido a satisfacción de la Cámara los requisitos y controles de riesgo se considerarán Operaciones Aceptadas y la Cámara lo confirmará a través de su Sistema.

Asignación de
operaciones

Consiste en la asignación que deben realizar los Miembros, de las Operaciones Aceptadas de la Cuenta Diaria a las Cuentas Definitivas dentro del Segmento al cual pertenecen de acuerdo con el titular al cual correspondan.

Si dicha Asignación no ha sido efectuada al cierre de sesión de la Cámara de Riesgo, todas las posiciones pendientes se asignarán a la Cuenta Residual del mismo segmento del Miembro de forma automática, dada la responsabilidad del Miembro frente a la liquidación diaria y a la solicitud de garantías del día. La Cuenta Diaria debe quedar con saldo cero (0) al cierre de sesión de la Cámara de Riesgo.

La utilización de la Cuenta Residual implica que el Miembro debe asumir un costo por cada día y por cada contrato que quede en esta cuenta.

 

Traspaso de
operaciones

La operación de traspaso consiste en la reasignación de una operación registrada en una cuenta definitiva de tercero identificado a otra cuenta o cuentas definitivas del mismo tercer identificado, dentro de la estructura de Cuentas del mismo Miembro en cada segmento donde participe. Este tipo de operación no supone modificación en el precio de negociación de la operación aceptadas ni en su volumen y su traspaso puede ser por volumen total o parcial.

Traspaso de
Posición

La Cámara de Riesgo podrá reasignar la Posición de una, varias o todas las Operaciones Aceptadas de una subcuenta a otra, de una Cuenta a otra o de un Miembro a otro dentro del mismo Segmento, en los siguientes eventos y únicamente a solicitud de los Miembros:

 

a. Traspaso de Posición entre Cuentas del mismo titular: En eventos de reorganización empresarial de un Miembro, tales como la adquisición, fusión, escisión o cuando medie solicitud expresa del Tercero Identificado titular de Cuenta que desee cambiar de Miembro, el Miembro correspondiente deberá enviar a la Cámara una solicitud en tal sentido, suscrita por el representante legal, señalando las razones para dicho Traspaso y entregando los documentos justificativos del mismo. Lo anterior sin perjuicio de los documentos adicionales que pueda solicitar la Cámara

 

b. Traspasos de Posición entre Cuentas de un Tercero identificado a otro: En eventos tales como herencias, donación o subrogación legal, la Cámara realizará el Traspaso de la Posición Abierta una vez el Miembro correspondiente, justifique el Traspaso mediante la entrega de la documentación requerida. En todo caso la Cámara exigirá la conformidad por escrito de los titulares de las Cuentas o apoderados de los derechos de dichas Cuentas.

Para el Segmento de Divisas cuando se trate de Operaciones de Contado sobre Divisas, no estará disponible el Traspaso de Posición.

Give
Up

Es una operación dentro de un mismo Segmento en la que se solicita el Traspaso de una Operación Aceptada de la Cuenta de un Tercero en el Miembro de origen a otra Cuenta de Tercero en otro Miembro denominado Miembro de destino o de la Cuenta de Registro de la Cuenta Propia a una Cuenta de Tercero de la cual sea titular en otro Miembro, para que a través de dicho Miembro se cumplan todas las obligaciones de Compensación y Liquidación de la Operación.

 

El procedimiento de Give-Up se subdivide en dos eventos: Give-Out y Give-In. Se entenderá que existe un Give-Out cuando se envía una solicitud de Give-Up del Miembro de origen al Miembro de destino, e igualmente existirá un Give-In cuando una solicitud de Give-Up se haya aceptado totalmente, lo que provocará de inmediato el Traspaso de la Operación al Miembro de destino.

 

La responsabilidad por la gestión de las Operaciones Aceptadas será única y exclusivamente del Miembro, quien deberá mantener a disposición de la Cámara y de las Autoridades Competentes, la documentación y los registros correspondientes que permitan identificar desde el origen y de manera completa cada tipo de gestión efectuada.

Para el Segmento de Divisas cuando se trate de Operaciones de Contado sobre Divisas, no estará disponible el Give Up de las Operaciones.

Gestión de Garantías

Periodo durante el cual es posible constituir, sustituir y solicitar liberación de Garantías a la Cámara de Riesgo. Para dichas gestiones es necesaria la interacción tanto de la Cámara de Riesgo como de los Miembros o terceros con los sistemas de depósito y pago.

La Cámara de Riesgo, por solicitud de los Miembros Liquidadores y en coordinación con ellos, podrá realizar acciones de liberación de garantías depositadas por ellos o por los participantes que éstos amparan.

Tanto la liberación como la sustitución deben ser solicitadas por el usuario administrador o firma autorizada de la entidad solicitante de la gestión ante la Cámara de Riesgo.

En el evento que durante la sesión se genere un déficit de garantías, los operadores de Cámara de Riesgo se comunican con el Miembro para informarle que debe depositar nuevas garantías. Si este déficit no se subsana, el sistema genera automáticamente un cargo efectivo a través del Sistema de Cuenta Única de Depósito (CUD) en la liquidación diaria.

Ver CIRCULAR UNICA de CÁMARA DE RIESGO DE CONTRAPARTE , TÍTULO SEXTO HORARIOS DE LAS SESIONES DE CÁMARA